Historia de la frontera agraria chaqueña
Resumen
Una frontera agraria es un espacio social, el cual se caracteriza por la producción primaria, con tierras disponibles para ser ocupadas
y en donde predominan distintos tipos de productores (colonos y campesinos). El Territorio Nacional del Chaco fue una frontera
agraria libre de asentamiento y donde podía desarrollarse un cultivo poblador como el algodón. Con la sanción de la Ley de Tierras
en 1903, el Estado Nacional llevó adelante un proyecto de colonización, con instituciones que tuvieron el objetivo de sostener un
control sobre la frontera y organizar la ocupación de la tierra. El suelo era el mayor bien que disponía el Estado, la regulación de su
otorgamiento y planificación fueron los objetivos primordiales de los gobiernos. Sin embargo el Estado no pudo concretar de forma
eficiente una colonización ordenada. La consecuencia fue el establecimiento de una frontera espontanea, en donde hubo lógicas de
organización propias, tales como la ocupación de mayor superficie establecida, la venta de posesiones y concesiones sin tener
títulos de propiedad o permiso por parte del Estado y la práctica de subarrendamiento en tierras pastoriles. Estas modalidades no
reguladas generaron tensiones entre los colonos produciendo conflictos por la tierra, entre los que se destacan los hechos ocurridos
en las tierras de Cantón (en las Breñas) o el Campo Winter (sobre el río Bermejo) entre otros que demostraron la conflictividad
social. Ante este contexto, el Estado realizó un esfuerzo por llevar adelante un ordenamiento de la tenencia del suelo en el Chaco.
En la siguiente comunicación presentamos los procesos de ordenamiento llevados adelante por el Estado entre 1916 y 1972 y las
tensiones que los mismos generaron.
Metodología utilizada y fuentes de consulta: Se aplicó el método histórico con la utilización de fuentes cualitativas. Se consultaron las
inspecciones de tierras realizadas por la Dirección General de Tierras dependiente del Ministerio de Agricultura. Estos expedientes
se encuentran en el Instituto de Colonización de la provincia del Chaco.
Resultados, discusión y conclusiones: Los distintos conflictos por el suelo nos indican la debilidad institucional para ejecutar una
colonización planificada. El Estado llevo adelante políticas públicas, para atender las demandas de los distintos sectores pero debido
a la limitada la capacidad de las reparticiones oficiales los proyectos de trabajo generados desde esfera oficial tardaron en cambiar
el desorden preexistente. En este estudio reconocemos dos periodos: 1. La colonización de una frontera espontanea (1916-1943) y
2. La regularización de una frontera agrícola agotada (1943-1972).
En el primer periodo, la administración del suelo fiscal estuvo exclusivamente a cargo del gobierno nacional. Las tierras chaqueñas
se valorizaron no solo en lo económico, sino también en lo simbólico, dado que fue un lugar de “oportunidades” para aquellos que
deseaban desarrollarse económicamente. De esta forma se instalaron en todo el territorio miles de productores algodoneros, sin
tener el permiso previo de la Oficina de Tierras. Estos intrusos (de acuerdo a la legislación de tierras), fueron los que efectuaron
constantes planteamientos al gobierno sobre la forma de llevar adelante la política colonizadora. Fue en función de estas realidades
que el Estado aplicó diversas estrategias para concretar una reforma. Mientras que en el segundo periodo, el Estado se propuso
llevar adelante obras públicas para mejorar las condiciones sociales de los habitantes. La experiencia del Territorio Nacional del
Chaco finalizó en 1951 con la formación de la provincia. En 1954 se concretó el traspaso administrativo de todos los expedientes de
tierras correspondiente a Chaco. El organismo provincial encargado de administrar el suelo fiscal tuvo diversas denominaciones,
hasta la creación del Instituto de Colonización en 1972. En este nuevo período se aceleró el proceso de regularización de la
tenencia tierra y se continuó con la creación de colonias agrícolas y pastoriles en tierras particulares que fueron adquiridas por el
Banco Nación y por el Consejo Agrario.
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