Acción de responsabilidad societaria en la quiebra : acciones sociales y particularidades del régimen concursal
Fecha
2024-10-22Autor
Mambrin Cunha, Sabrina, María Susana
Álvarez Salvador, Marcela Andrea
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La Ley de Concursos y Quiebras N° 24.522 (en adelante LCQ) contempla diversas acciones de recomposición patrimonial, con el fin de recuperar bienes que de manera indebida hayan salido del patrimonio del deudor. La ley prevé tres acciones de responsabilidad, no excluyentes entre sí. la responsabilidad de los representantes, administradores y terceros (art. 173) y las acciones societarias (art. 175 LCQ), cuya
titularidad recae en la sociedad (art. 276 LGS) así como sobre los socios (arts. 276 in fine y 277 LGS) y que en el caso de quiebra tiene como sujeto activo, al síndico (art. 175 LCQ y 278 LGS). En este último caso, las acciones sociales tienen notorias e importantes diferencias en el trámite concursal respecto del ordinario de la Ley General de Sociedades (en adelante LGS).
Colecciones
- Documentos de conferencia [1476]










