Necesaria identificación de principios y nociones comunes en la legislación concursal y penal para la adecuada aplicación del art. 176 del Código Penal Argentino
Fecha
2024-10-22Autor
Ferrer Álvarez Filizzola, Ivonne Beatriz de las Mercedes
Baranda, Juana Alicia
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La llamada Quiebra fraudulenta prevista en el art. 176 del libro II, título VI, capítulo V del Código Penal argentino denominado “quebrados y otros deudores punibles”, ha ido perdiendo operatividad a partir de las modificaciones introducidas con la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación y ante la falta de coordinación entre los principios y nociones de la legislación concursal y la legislación penal.
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