Violencia económica o patrimonial : un obstáculo para la autonomía de las mujeres
Resumen
La Ley Nacional No 26.485 define los tipos de violencia contra la mujer, de entre los cuales se encuentra la violencia económica o
patrimonial como aquella que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer a través
de: la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; la pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción
indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; la limitación de los
recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna y la
limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo
(art.5o). A su vez, su Decreto Reglamentario No 1011/10, aclara que en los casos en que las mujeres víctimas de violencia tengan
hijos/as y éstos/as vivan con ellas, las necesidades de los/as menores de edad se considerarán comprendidas dentro de los medios
indispensables para que las mujeres tengan una vida digna. Para las mujeres especialmente, la desigualdad en el acceso al dinero y
al patrimonio coarta su autonomía.
Por otra parte, según el relevamiento llevado adelante por el Instituto Nacional de Estadística y Censos en el tercer cuatrimestre del
año 2013, registró que para el total de aglomerados casi 90% de las mujeres declaran realizar trabajo no remunerado mientras que
los varones menos del 60%; al tiempo que las mujeres destinan 6,4 horas diarias, un tiempo considerablemente mayor que los
varones, quienes declaran destinar un promedio de 3,4 horas diarias. (Instituto Nacional de Estadística y Censos [INDEC], 2014)
Esto se traduce en largas jornadas diarias de trabajo que restringen la disponibilidad de tiempo de las mujeres dedicadas al
descanso, esparcimiento, estudios e instrucción, y de trabajo remunerado; permitiéndonos concluir que las responsabilidades
domésticas y de cuidado están en tensión para las mujeres, no así para los varones. (Rodríguez Enríquez, 2015) Problemática en sí
misma que atenta contra la autonomía económica de las mujeres, lo cual se torna particularmente grave en contextos de violencia.
Se tomó como universo de estudio a la población de la provincia de Corrientes, y un recorte temporal que va desde el año 2010 al
presente. La opción inicial es un método cuantitativo, sobre la base de fuentes de datos oficiales. Las técnicas de levantamiento de
información fueron la revisión bibliográfica y el análisis documental (método cualitativo). De esta manera, se trabajó con el análisis de
posturas teóricas y de datos secundarios producto de otras investigaciones que se realizan en el país.
De acuerdo con la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia se recibieron durante el año 2017 un total de
10.723 casos, de los cuales la violencia económica representa el 35%. (Oficina de Violencia Doméstica [OVD]: 2018, 18) En este
orden de ideas, el INDEC construyó el Registro Único de Casos de Violencia contra las Mujeres (RUCVM), donde se registraron
entre el 1o de enero del 2013 al 31 de diciembre del año 2016, 260.156 casos. Sólo la mitad (50,4 %) fueron denuncias de mujeres
que tienen un empleo (formal o informal), lo que expresa el grado de vulnerabilidad y de las posibilidades económicas para salir de
ese contexto de violencia. (INDEC, 2018: 40-42)
En el orden provincial, la Oficina Estadísticas y Registros de Juicios Universales y Acciones Colectivas del Poder Judicial de la
Provincia de Corrientes, desde su Registro de Violencia Domestica y/o Familiar – de Género y Femicidios – reportó un aumento
constante de casos de violencia doméstica y de género en los meses del año 2017, siendo a la vez proporcional las denuncias por
violencia de tipo económica o patrimonial. Así, al 31 de marzo de 2017 se han relevado y procesado datos sobre 183 casos de
violencia doméstica y de género, de los cuales 30 denuncias se corresponden al tipo de violencia económica o patrimonial; durante
los meses de abril y mayo de 240 denuncias, 46 casos se refieren a este tipo de violencia; en los meses de junio y julio de los 313
casos denunciados, 51 representan denuncias por violencia económica o patrimonial; en tanto que durante los meses de agosto y
septiembre informó un incremento importante, ya que se relevaron y procesaron 536 casos de violencia de género y doméstica,
alcanzando este tipo de violencia el 24,29% del total de casos de diferente nivel de gravedad. Asimismo, es necesario destacar que
muchas mujeres se encuentran desocupadas o trabajan pero sin recibir remuneración alguna (ama de casa). Las desocupadas
oscilan entre un 20 y 34 % de la totalidad de las denunciantes durante los meses mencionados; en tanto que las amas de casa
ascienden entre un 8 y 16 % de las víctimas de violencia. La limitación de recursos es una afectación al desarrollo personal, dignidad
e integridad de las mujeres.
Colecciones
- Documentos de conferencia [1476]










