La transversalidad del derecho ambiental : los principios de política ambiental y su función orientadora y reinterpretativa del ordenamiento jurídico
Fecha
2020-11Autor
Ruiz, Haraví Eloísa
Gapel Redcozub, Guillermo Rafael
Metadatos
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La progresiva toma de conciencia de la centralidad de la crisis ambiental en la vida de las sociedades contemporáneas que se ha ido produciendo en el último medio siglo, ha ido dando lugar a la aparición del Derecho Ambiental, que, en el curso de este tiempo, ha impactado en la cultura jurídica moderna (Jordi Jaria-Manzano, 2019).Es así que el Derecho Ambiental se ha ido constituyendo en una disciplina donde “confluyen los debates cruciales sobre el cambio de paradigma” (Jordi Jaria-Manzano, 2019). En Argentina existió una expresa normativización de los principios ambientales,bajo el establecimiento de “principios de política ambiental”, esbozados en el art. 41 de la CN pero detallados con mucha precisión en el art. 4 de la Ley General del Ambiente N° 25675 en el año 2002 un cuerpo legal que resulta determinante al carácter de transversalidad del Derecho Ambiental, concretamente en el derecho argentino. A pesar de ello, la elaboración doctrinaria en Argentina sobre este temática resulta escasa e incipiente si tenemos en cuenta que la sanción de la LGA se produjo hace ya casi dos décadas. Juzgamos que este ejercicio integrador e interpretativo que se pretende llevar a cabo en esta investigación es aún más necesaria (por lo menos en la relación entre Derecho Ambiental y Derecho Privado) luego de la sanción del nuevo CCCN, y es por ello que lo incluimos como parte de nuestro cuerpo teórico,como explicamos seguidamente en dicho apartado. En cuanto hace al Derecho Comparado, se pretende en una primera instancia un análisis de la situación de Brasil, dada la importancia ambiental que posee dicho país a nivel mundial (ya que es considerado el reservorio de biodiversidad más importante del mundo).