Acción concursal de responsabilidad del administrador societario

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Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas

Resumen

Cuando se suscita la quiebra generalmente, estaremos ante un eventual daño que repercutirá en los sujetos acreedores del fallido, los que no podrán acceder a la satisfacción de sus créditos debido a la insuficiencia de los activos para responder por el activo falencial. Lo que determinará la consiguiente responsabilidad de todos quienes hayan, en alguna medida producido con su accionar u omisión, la insolvencia o la disminución del patrimonio del fallido. Esta situación disvaliosa, entendida como un desajuste económico o como dijo algún autor, este estado patológico del deudor, genera la posibilidad del ejercicio de las acciones de recomposición patrimonial, a los efectos de recomponerlo o recuperar bienes que de manera indebida hayan salido de su patrimonio, con el cual se deberá responder a los acreedores, respetando su función de garantía.

Descripción

Citación

Álvarez Salvador, Marcela Andrea y Mambrin Cunha, Sabrina María Susana, 2024. Acción concursal de responsabilidad del administrador societario. En: XX Jornadas de Comunicaciones Científicas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas - UNNE. Corrientes: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas, p.45-48.

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