La responsabilidad del Estado por daño ambiental
Resumen
Al introducirse en el Código Civil y Comercial de la Nación (2015) los Arts. 1764o; 1.765o y 1.766 que
establecen la no aplicabilidad del régimen de responsabilidad por daños al Estado y que el mismo se rige
por las normas del Derecho Administrativo nacional y local y además la responsabilidad acotada de los
funcionarios o empleados públicos, se aplicaba o no a la responsabilidad ambiental.
Llegando a la conclusión que dicha normativa no es de aplicación a la responsabilidad ambiental del Estado.
Colecciones
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