La prórroga de jurisdicción como cláusula abusiva en los contratos de tiempo compartido, en el derecho argentino
Fecha
2004Autor
Estigarribia Bieber, María Laura
Glibota Landriel, Verónica María Laura
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
According to the present reality, we can say without doubts that the
so called “time shared contracts” constitute the catalogue of contracts
wich adhere to the general conditions or clauses predetermined by
the supplier or entrepreneur respect to the consumers. These contracts, due to their structure and the nature of their parts, have to be
considered as real consumption contracts, being regulated in most of
the world laws by specific rules aimed to the Consumer Protection.
This paper intends to base its central idea on the fact that in this kind
of contracts the control of the content of the predetermined conditions
must lead to the declaration of nullity of those conditions imposing
modifications of the natural territorial jurisdiction. These modifications must be conceived as abusive clauses since they imply a restriction to the consumer’s fundamental rights of “defense on trial and access to court” which have a constitutional hierarchy. All this idea is based on the regulation frame given by the Argentina private law. A la luz de la realidad actual, podemos afirmar sin dudas, que los denominados “contratos de tiempo compartido” forman parte del cada vez más amplio espectro de contratos por adhesión a condiciones generales o cláusulas predispuestas por el proveedor o empresario a los consumidores; y por ende, que en virtud de su estructura y de la naturaleza de sus destinatarios, deben ser considerados como Fecha de recepción: verdaderos contratos de consumo, quedando regulados en la mayor parte de los ordenamientos jurídicos del mundo por normas específicas destinadas a la protección del consumidor. El presente trabajo pretende fundamentar como idea central que, en este tipo de contratos, el control de contenido de las cláusulas o condiciones predispuestas debe resultar en la declaración de nulidad de aquéllas que importen prórroga de jurisdicción territorial, debiendo las mismas ser concebidas como cláusulas abusivas por implicar una restricción al derecho fundamental y de jerarquía constitucional de defensa en juicio y de acceso a la justicia del consumidor, todo en el marco de regulación que ofrece sobre el tópico el derecho privado argentino.
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