Rasgos distintivos de los sistemas contravencionales
Resumen
El Plan de Trabajo presentado a la beca doctoral cofinanciada UNNE-CONICET denominado “Casos de detención preventiva por
faltas contravencionales en las Provincias de Chaco y Corrientes. Lineamientos para un Código de Convivencia” continúa la línea
de investigaciones que vengo desarrollando como integrante del GID (Grupo de Investigación y Desarrollo en temas prioritarios
regionales en la Teoría General del Derecho) de la Cátedra B de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho, Ciencias
Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste.
Dicho plan contribuye a la elaboración de la tesis doctoral del Doctorado en Derecho en la UNNE en el cual se indagará en
profundidad sobre las relaciones entre el derecho contravencional–en tanto subsistema- con el sistema jurídico argentino.
El plan de trabajo de la beca doctoral, al continuar con la línea de trabajo del GID del que integro, comparte su metodología de
trabajo, por lo cual se aborda un análisis comparativo y exhaustivo de legislaciones y sentencias vinculadas al objeto de
investigación. Además, en el marco de la beca doctoral, se proyecta abordar un análisis comparativo de casos (judiciales y no
judicializados) vinculados al objeto de la investigación.
En la presente comunicación se exponen los primeros avances relativos al encuadre teórico que nos permitirá delinear y caracterizar
a los sistemas contravencionales, teniendo en cuenta los rasgos distintivos de los sistemas jurídicos (Nino, 2003). Los rasgos
normativos, territoriales, coactivos e institucionales posibilitan delinear una caracterización de los sistemas contravencionales.
Como primeras conclusiones resulta que existe una distribución del poder contravencional en innumerables redes locales
territoriales- paralelas a la distribución del poder espacial punitivo nacional-. A su vez, en cada jurisdicción los sistemas presentan
particularidades, lo que representa un abanico de posibilidades de actuación institucional administrativa y/o judicial, frente a un
mismo hecho.
Por otra parte, la actuación de la autoridad policial puede derivar en una arbitrariedad en tanto la configuración de la infracción queda
en la construcción subjetiva del agente dada la ambigüedad en la tipificación de las faltas.
Asimismo queda en evidencia que ciertas características de la normativa contravencional local entran en clara colisión con directivas
del sistema constitucional argentino dado que los códigos otorgan facultades coactivas a autoridades policiales con un débil control
judicial.
Estos primeros lineamientos de ciertos rasgos distintivos de los sistemas contravencionales nos permiten caracterizarlos e
individualizarlos. Y a la vez, nos llevan a preguntarnos sobre las relaciones de pertenencia de los sistemas contravencionales con el
sistema jurídico argentino, lo que requiere una interpretación sistemática que será motivo de las siguientes indagaciones de la
investigación.